sábado, 18 de enero de 2014

Normas y políticas para el traslado de pasajeros de tercera edad y personas con condiciones especiales en Venezuela

(Vincular Ley Aeronáutica Civil primer Aparte Art. 64)

DEFINICIONES:

Se definen los siguientes términos con el objeto de una interpretación adecuada de las políticas y tarifas aplicables en cada caso.

TERCERA EDAD:
Pasajeros con edad de sesenta (60) años en adelante, que requieran adquirir tarifas especiales en nuestras rutas nacionales.

CONDICIONES ESPECIALES:
es considerada persona con condiciones especiales aquella que tenga alguna limitación física o de movilidad visible o no.

PERSONAS CON DISCAPACIDAD O CAPACIDAD REDUCIDA (Vincular Ley para Personas con Discapacidad art. 6 Disposiciones Generales):
Son todas aquellas personas que por causas congénitas o adquiridas presenten alguna disfunción o ausencia de sus capacidades de orden físico, mental, intelectual, sensorial o combinaciones de ellas; de carácter temporal, permanente o intermitente, que al interactuar con diversas barreras le impliquen desventajas que dificultan o impidan su participación, inclusión e integración a la vida familiar y social, así como el ejercicio pleno de sus derechos humanos en igualdad de condiciones con los demás.

CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD
(Vincular Ley para Personas con Discapacidad art. 7 Disposiciones Generales):
Documento emitido por el Consejo Nacional para Personas Discapacitadas (Conapdis), que certifica la que una persona tiene una condición especial o discapacidad.

TARIFA ESPECIAL:
Son tarifas Especiales las definidas por la Ley de Aeronáutica Civil, fijadas por la Autoridad Aeronaútica para servicios aéreos de niños, niñas y adolescentes, estudiantes, pasajeros mayores de sesenta años y las personas con discapacidad o necesidades especiales.

REQUISITOS PARA LA VENTA:

Todo pasajero de tercera edad con alguna discapacidad que requiera adquirir la tarifa especial para esa condición en nuestras rutas Nacionales deberá:
Dirigirse a cualquiera de nuestros Centro de Servicios a nivel Nacional, Oficinas de Ventas Ubicadas en los Aeropuertos o por la Agencia de Viaje de su Preferencia.
Los pasajeros de Tercera Edad deben presentar Original y dos (2) Copias de la Cédula de Identidad.
Los pasajeros con discapacidad deben presentar Original y dos (2) Copias de la Cédula de Identidad, Certificado de Discapacidad emitido por el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad (CONAPDIS) .

IMPORTANTE
Estos boletos se emiten en los Centros de Servicios, Aeropuertos y Agencias de Viaje, su compra no se tramita a través de la página Web o el Call Center.

NOTA
El Consejo Nacional para Personas Discapacitadas (Conapdis), está ubicado en la Avenida Venezuela con cruce Calle Oropeza Castillo, Residencias San Antonio de Sabana Grande. Quinta Conapdis. Plaza Venezuela. Venezuela.


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